Autorizaron a Weiss a un régimen de semilibertad y luego se lo revocaron
El empresario condenado por abuso sexual de menores

Autorizaron a Weiss a un régimen de semilibertad y luego se lo revocaron

El Juzgado de Ejecución de Ushuaia autorizó a acceder a un régimen de semilibertad a Darío “el gringo” Weiss, dueño de una concesionaria de autos y de una distribuidora de bebidas, quien en 2018 recibió una pena de 8 años de prisión por el abuso de dos niñas menores de edad. Pero a las 48 horas la Cámara de Apelaciones revocó la decisión atendiendo al “riesgo potencial” que todavía implica para terceras personas
17/06/2025
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n 48 horas, la Justicia primero le concedió al empresario Héctor Darío “el gringo” Weiss, condenado por el abuso sexual de dos menores, el acceso a un régimen de semilibertad, y luego se lo denegó atendiendo al “riesgo potencial” que todavía implica su contacto con otras personas (en especial menores) fuera de la cárcel.

La seguidilla de pronunciamientos judiciales sobre el caso se produjo entre el 10 y el 12 de junio, en razón de una presentación efectuada por los abogados de Weiss que comenzó a ser analizada en marzo de este año.

 

El dueño de una concesionaria de autos y de una distribuidora de bebidas fue condenado en 2018 a la pena de 8 años de prisión por el abuso de dos niñas, una de 14 y otra de 11 años.

 

La situación del empresario fue noticia días atrás porque como reveló EDFM, el juez de Ejecución de Condenas de Ushuaia, Manuel Isidoro López, lo autorizó a salir de prisión durante cinco días para atender asuntos comerciales relacionados con sus empresas.

Pero mientras ello ocurría, el mismo juez analizaba también la presentación sobre el acceso a un régimen de semilibertad que fue finalmente resuelta de forma favorable el martes 10 de junio.

 

El magistrado entendió que Weiss debía ser autorizado a salir 24 horas una vez por semana en un domicilio de Río Grande (ciudad donde cumple la condena) y a salidas laborales de lunes a viernes de 9 a 18 y sábados de 9 a 12, bajo monitoreo electrónico.

Como fundamento, el juez citó informes favorables de distintas áreas del Consejo Correccional, donde se pondera su conducta y comportamiento dentro del penal.

También se menciona un “informe criminológico”, del que se desprende que el condenado presenta “una adecuada atribución interna sobre su rol y responsabilidad sobre el delito de integridad sexual por el cual purga condena y de los aspectos de su personalidad y estilo de afrontamiento que operaron como factores desencadenantes de su conducta desviada”.

 

Sin embargo, el juez López no consideró relevantes ni el dictamen del fiscal Daniel Curtale ni las manifestaciones de las víctimas, en ambos casos oponiéndose al otorgamiento de las salidas, ni tampoco las posturas de los peritos de la justicia (psicólogos y psiquiatras) en base a las entrevistas con el empresario.

En esos informes se advierte que existen dudas acerca de si Weiss “busca decir aquello que supone que se quiere escuchar para poder acceder al beneficio” y que es difícil discernir con claridad “si se trata de un cambio real o es más bien una respuesta acomodada a consecuencia de los resultados obtenidos en pericias anteriores”.

También se hace referencia a que no termina de asimilar el delito cometido y a que sería un riesgo su trato con otros menores.

 

La Cámara por mayoría

 

Si bien el juez López le concedió el régimen de semilibertad al empresario, la ley vigente establece un mecanismo de consulta a la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones, donde fueron elevadas las actuaciones.

En ese ámbito, la jueza Paola Caucich y el juez Sergio Dieguez, con el voto en disidencia del juez Andrés Leonelli, resolvieron el 12 de junio revertir el permiso y negarle las salidas  a Weiss.

 

En su voto, Caucich vuelve sobre la posición del fiscal y los peritos, y remarca el “distanciamiento emocional con los hechos” que todavía muestra el condenado, y plantea dudas sobre las herramientas con la que contaría en caso de presentarse situaciones similares a los abusos ya juzgados.

 

“Weiss no ha logrado asimilar la gravedad de sus actos y no ha realizado un trabajo genuino en relación con ello que permita presumir fundadamente un pronóstico de reinserción social positivo en estas condiciones”, por lo que pueda existir “riesgo potencial para terceras personas menores de edad”, puede leerse en el fallo.

El juez Leonelli basa su disidencia en que a su criterio la consulta a la Cámara solo tiene como fin evaluar si el pronunciamiento de primera instancia es razonable y fundado.

“Los extremos invocados por el magistrado descartan cualquier atisbo de arbitrariedad en su decisión, se coincida o no con lo resuelto. Está provisto de fundamentación suficiente y es un acto jurisdiccional válido”, señaló Leonelli.

 

Por mayoría, entonces, la Cámara revirtió la decisión original y mantuvo a Weiss entre rejas, cumpliendo lo que le resta de la condena.

 

El empresario fue sentenciado como autor de los delitos de “abuso sexual simple reiterado en un número indeterminado de ocasiones en concurso real con abuso sexual con aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima, reiterados en tres hechos”.

 

La Justicia demostró que el empresario sedujo y mantuvo una relación sentimental durante seis meses con una joven de 14 años, a quien manoseó en reiteradas ocasiones y con la que finalmente tuvo relaciones sexuales hasta que la chica pudo dar cuenta de lo que estaba ocurriendo y su madre realizó la denuncia penal.

A su vez, la investigación sumó evidencias para condenar al mismo hombre por los “reiterados tocamientos” que le profirió a una niña cuando tenía 8 años, y hasta que cumplió 11 o 12 años, en un hecho que salió a la luz cuando la menor, ya con 13 años de edad, logró contar lo que le había ocurrido a una profesora del colegio que tomó intervención en el caso y posibilitó que los padres radicaron la denuncia.

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