gentes del Escalafón Profesional Universitario (EPU) ganaron una demanda judicial contra el gobierno. En el reclamo por diferencia salarial lograron que el Superior Tribunal de Justicia declare la inconstitucionalidad de la modificación de la ley de presupuesto 2021, por la cual los agentes de la AREF del escalafón EPU había sido excluidos de la equiparación salarial con el Tribunal de Cuentas.
En cumplimiento de esa sentencia, mediante Resolución General AREF Nº 295/25, se implementó la equiparación del básico salarial del personal profesional universitario de AREF a la escala correspondiente al cuerpo de profesionales del Tribunal de Cuentas, adecuando así el valor del salario básico a partir de abril de 2025.
Además, según lo expresado por el Superior Tribunal de Justicia, la escala salarial del EPU “está compuesto por un salario básico acorde a cada categoría y los siguientes adicionales: antigüedad en la administración, permanencia en la categoría, dedicación exclusiva, responsabilidad profesional y título de carrera de posgrado”.
En virtud de ello, el haber del Escalafón EPU de los profesionales de la Agencia estará integrado no solo por la equiparación del salario básico, sino también por los demás adicionales específicos mencionados anteriormente constituyendo estos ítems componentes esenciales y habituales del régimen.
En consonancia con la sentencia del Superior Tribunal de Justicia y con la Resolución General AREF 295/25, corresponde la incorporación también de los mencionados adicionales, con efecto a partir del mes de abril de 2025, fecha desde la cual comenzó a regir la liquidación del nuevo básico.
Así la Resolución General AREF 378/25, firmada por el Director Ejecutivo Oscar Bahamonde, establece los siguientes puntos:
1.- La equiparación salarial reconocida al personal comprendido en el Escalafón Profesional Universitario (EPU) en el ámbito de la Agencia de Recaudación Fueguina comprende, además del salario básico, los siguientes adicionales: antigüedad en la administración, permanencia en categoría, dedicación exclusiva, responsabilidad profesional y título de carrera de posgrado, con efecto a partir del mes de abril de 2025, fecha en que comenzó a regir la liquidación del nuevo básico.
2.- El adicional por responsabilidad profesional de los agentes comprendidos en el Escalafón Profesional Universitario (EPU) será equivalente al 110% del salario básico a partir del mes de abril de 2025, y al 120% del salario básico a partir del mes de mayo de 2025.
3.- El adicional por antigüedad de los agentes comprendidos en el Escalafón Profesional Universitario (EPU) será equivalente al 2,25% del salario básico por cada año de servicio a partir del mes de abril de 2025, y al 2,50% del salario básico por cada año de servicio a partir del mes de mayo de 2025.
La medida derogar toda otra Resolución General AREF que se oponga a la presente.