Policía cesanteado por violencia de género
Condena judicial y administrativa

Policía cesanteado por violencia de género

La medida le fue aplicada al Sargento Mario Gastón Encina, quien en marzo de 2023 fue condenado por lesiones leves agravadas y amenaza con arma en perjuicio de su expareja.
21/08/2025
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ediante decreto provincial 1965/25, fechado el 6 de agosto, se le aplicó la sanción de cesantía a un Sargento de la Policía de la Provincia, que prestaba servicio en la Comisaría Quinta de Río Grande; y que fue condenado por agresión y amenaza con arma de fuego, a quien era su pareja; en un hecho que sucedió en el año 2016.

La cesantía fue aplicada contra el Sargento Mario Gastón Encina, mediante un pedido que hizo la Jefatura de Policía y a la que hizo lugar el Poder Ejecutivo, en el decreto que lleva las firmas del gobernador Gustavo Melella; y de la ministra de Obras Públicas, Gabriela Castillo.

Sobre los antecedentes del caso, surgen que el Juzgado Correccional de Río Grande, con fecha 27 de marzo de 2023, dictó sentencia en la causa “Encina, Mario Gastón s/amenazas con arma en concurso real con lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y contexto de violencia de género y daños”.

Encina fue condenado a la pena de 3 años de prisión, de cumplimento en suspenso, como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y oportunidad haber mediado violencia de género en concurso real con el delito de amenazas con arma, en perjuicio de RMB; hecho acaecido el 22 de octubre de 2016, en un domicilio ubicado en la zona sur.

La condena se enmarco en los artículos 4, 5 y 6 de la Ley 26.845 de Protección Integral a las Mujeres; articulo 1 y 2 de la Convención Americana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belem Do Pará”; artículos 1 y concordantes de la Convención para la Eliminación de todas las Formas de discriminación contra la Mujer.

Respecto a la víctima, el juez ordenó la implementación de un dispositivo de orientación y contención acompañado por un seguimiento de la Dirección Interdisciplinaria de Atención Temprana (DIAT) y facilitarle a la damnificada los recursos necesarios para abordar un tratamiento psicológico acorde a sus necesidades.

Sumario policial

 

En simultáneo con la causa penal que se tramito en el Juzgado Correccional, se abrió un sumario administrativo, en la Comisaría Quinta de Río Grande, mediante el cual se acreditó que Encina agredió físicamente a su entonces pareja.

 

En el sumario se consigna que el obrar del Sargento Encina demuestra la inobservancia de los deberes y obligaciones de todo efectivo policial, ocasionado menoscabo para la disciplina, la investidura y prestigio de la institución policial provincial y como consecuencia la pérdida absoluta de la confianza que como policía y miembro auxiliar de la justicia exige.

 

El obrar del agente Encina contraviene lo consignado en la Ley Provincial 735, que conmina a la totalidad de los efectivos policiales a adecuar su conducta pública y privada a normas éticas, acordes con el estado policial.

 

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