Paco Giménez: ¨La ley de convocatoria no puede derogarse¨
Debate jurídico por la reforma

Paco Giménez: ¨La ley de convocatoria no puede derogarse¨

El abogado Francisco Giménez sostuvo que el proceso electoral ya está en marcha y no puede retrotraerse. Señaló que la definición quedará en manos de la jueza electoral y advirtió sobre un escenario inédito con posibles contradicciones entre partidos.
05/05/2026
L

a sanción legislativa que busca derogar la ley de convocatoria a la reforma constitucional abrió un nuevo frente de debate jurídico sobre la validez del proceso electoral en marcha y los límites de las facultades del Poder Legislativo.

En ese marco, el abogado Francisco Giménez sostuvo que la derogación no tiene viabilidad desde el punto de vista legal. “Estoy casi convencido de que es imposible derogar una ley que ya cumplió sus efectos. El proceso preconstituyente ya está en marcha y la ley está cumplida”, afirmó, al analizar el alcance de la norma que habilitó la convocatoria.

El letrado explicó que la ley ya produjo todos sus efectos jurídicos. “La ley declara la necesidad de la reforma y fija un plazo al gobernador para convocar a elecciones. Ese llamado ya se hizo mediante decreto y además hay un fallo firme que así lo establece”, señaló.

En ese sentido, remarcó que no existen herramientas institucionales para retrotraer el proceso. “Jurídicamente no se puede derogar una ley que ya se cumplió. No tiene competencia ni la Legislatura ni el Poder Ejecutivo para dar marcha atrás al proceso electoral”, sostuvo.

Giménez advirtió además que la situación ingresa en una nueva etapa institucional. “A partir de ahora entra en competencia la jueza electoral, que es la que debe definir todo el cronograma y resolver la validez o no de estas situaciones”, explicó.

Sobre ese punto, fue contundente respecto del rol judicial. “La jueza electoral es la única soberana en un proceso electoral para definir si esta ley afecta o no la convocatoria. No hay competencia originaria del Superior Tribunal de Justicia en esta instancia”, afirmó.

El abogado planteó que el escenario que se abre es complejo e inédito. “Puede darse una contradicción insalvable: partidos que votan la derogación pero al mismo tiempo cumplen el cronograma electoral presentando candidatos”, advirtió.

En esa línea, describió posibles consecuencias prácticas. “Podría pasar que algunos partidos participen del proceso electoral y otros no, lo que generaría una situación inédita, que no se ha dado en ningún lugar del mundo democrático”, sostuvo.

Giménez también analizó el momento en que se intentó avanzar con la derogación. “La Legislatura se durmió. Esta ley la deberían haber sancionado antes de que el gobernador convocara a elecciones. Ahí sí estaban a tiempo”, señaló.

El letrado explicó que la clave está en el cumplimiento de la norma. “Una ley se puede derogar cuando está vigente o pendiente de ejecución, pero no cuando ya cumplió su objeto. No podemos volver el tiempo atrás”, afirmó.

Para graficar su postura, utilizó ejemplos concretos. “¿Podemos derogar una ley de presupuesto del año pasado? ¿O una ley que amplió el Superior Tribunal? La ley se puede derogar, pero los efectos ya producidos no se pueden revertir”, argumentó.

No obstante, reconoció que existen posiciones jurídicas en sentido contrario. “Hay argumentos sólidos de quienes sostienen que una ley puede derogar otra, pero en este caso el problema es que la ley ya fue ejecutada”, explicó.

En ese contexto, consideró que el conflicto podría derivar en una nueva instancia judicial. “Seguramente esto se judicialice y será la jueza electoral quien tenga que definir si el proceso continúa o no”, indicó.

Insistió en que la situación carece de antecedentes comparables. “Es una situación inédita, no se ha dado en ningún lugar. Tierra del Fuego parece que innova constantemente en estos temas”, concluyó.

Cuál es tu opinión sobre la nota?
  • Me interesó
    %
    0 votos
  • No me interesó
    %
    0 votos