a Legislatura fueguina aprobó una de las leyes de mayor impacto político del año, la prohibición de cortes de servicios públicos esenciales durante el invierno y la retracción de las tarifas de electricidad y agua potable a valores de diciembre de 2025.
La iniciativa fue sancionada en la segunda sesión ordinaria, desarrollada entre el 30 de abril y el 1 de mayo, con el respaldo del bloque oficialista de FORJA y buena parte de la oposición. Acompañaron las bancadas del PJ, MPF, Somos Fueguinos, Provincia Grande, Partido Verde y Sumemos Tolhuin. En contra votaron únicamente Graciania y Selzer de LLA.
La norma busca responder al creciente malestar social por el impacto de las tarifas sobre los hogares fueguinos. Pero detrás de ese loable, y políticamente rentable, objetivo aparece un problema mucho más profundo, ya que la norma plantea una serie de contradicciones regulatorias, vacíos operativos y conflictos de competencia que podrían volverla parcial o totalmente inaplicable.
El caso más evidente es el gas natural. La ley prohíbe cortar el suministro, retirar medidores o suspender conexiones por falta de pago. Sin embargo, el servicio de gas natural está regulado por el Estado nacional, bajo la órbita del ENARGAS y las reglas de concesión otorgadas a Camuzzi Gas del Sur.
Las condiciones de suspensión del servicio, mora y retiro de medidores forman parte de una licencia federal prorrogada recientemente por otros veinte años. En consecuencia, la Provincia no tendría facultades para modificar unilateralmente esas condiciones.
La situación tampoco es sencilla en el caso de la energía eléctrica. El proyecto ordena retrotraer las tarifas de luz y agua al cuadro vigente al 1 de diciembre de 2025. Pero una parte sustancial del costo de la energía no depende de la Provincia, sino del precio mayorista definido periódicamente por Nación a través de CAMMESA y la Secretaría de Energía.
Desde 2021 Tierra del Fuego opera plenamente dentro del esquema del Mercado Eléctrico Mayorista y la DPE debe afrontar el costo de abastecimiento conforme valores fijados a nivel nacional.
Eso significa que la Provincia puede intervenir sobre componentes locales de la tarifa, pero no sobre el costo mayorista de la energía.
El interrogante que surge de la propuesta legislativa pasa por saber quién absorberá entonces la diferencia entre el precio real que la DPE debe pagar y el valor congelado que la ley pretende cobrarle al usuario, ya que la norma no crea subsidios, no establece compensaciones financieras ni prevé mecanismos presupuestarios para cubrir ese desfasaje, por lo que la consecuencia sería aumentar el déficit operativo de la DPE o trasladar el costo al Tesoro provincial, que por cierto vive una situación económica financiera tan complicada, que obliga al Ejecutivo a gestionar ante el Gobierno Nacional a gestionar adelantos de coparticipación para poder hacer frente a sus gastos corrientes.
Además, en el artículo 6 determina que los cuadros tarifarios sometidos al mecanismo de audiencia pública fijada en la ley provincial 681 deberán ser remitidos a la Legislatura para su tratamiento. Más allá de que esta última exigencia representa una modificación indirecta de la normativa vigente, la pretensión choca con el esquema de actualización tarifaria automática que rigen tanto en energía, para el componente precio estacional de la energía, como en agua y saneamiento.
En este último caso debe tenerse en cuenta que desde fines de 2024 rige un esquema de actualización mensual automática del cuadro tarifario de la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios, basado en fórmulas polinómicas atadas a inflación y costos operativos, que nunca fue objetado por el Parlamento, aun cuando en la práctica haya implicado la derogación de facto de la ley 681.
El proyecto La ley incorpora también una cláusula genérica que deroga “todas las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan” a la nueva normativa, sin precisar qué mecanismos quedan efectivamente anulados.
La paradoja política es que mientras la Legislatura cuestiona los aumentos tarifarios, los propios organismos provinciales vienen advirtiendo desde hace meses que la inflación, los costos operativos y las obligaciones de mantenimiento vuelven indispensable actualizar ingresos para sostener los servicios.
En el caso de la DPOSS, los informes técnicos incluso sostienen que sin actualización tarifaria resulta imposible mantener infraestructura, redes, plantas potabilizadoras y sistemas de saneamiento.
Sin embargo, la política eligió avanzar igualmente con una norma de fuerte impacto simbólico, aun sin resolver cómo sostener económicamente las consecuencias de esa decisión.
La votación dejó una amplia mayoría alineada detrás de una medida popular en términos discursivos. Pero también dejó expuesta la distancia creciente entre las decisiones políticas y las restricciones regulatorias, técnicas y financieras que gobiernan efectivamente los servicios públicos.
Si bien el Poder Ejecutivo tiene la facultad de vetar el proyecto, la última palabra la tendrán los Legisladores ya que tendrán en sus manos la posibilidad de rechazar el veto e insistir la sanción de ley, para lo cual resulta indispensable sumar 10 votos, 3 menos que los acompañaron la sanción original.
Llegada esa instancia quedará abierta la potencial judicialización de la ley y de un nuevo conflicto político institucional entre el Poder Ejecutivo, empresas prestatarias de servicios públicos y la Legislatura.