l escándalo por las viviendas de ATE en Ushuaia tuvo un fuerte desenlace judicial. El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur condenó el viernes pasado a Carlos Córdoba y Miguel Ángel Arana a 5 años de prisión de cumplimiento efectivo, al considerarlos coautores penalmente responsables de 22 hechos de estafa cometidos entre diciembre de 2013 y fines de 2017.
Además de dictar la pena, los jueces ordenaron la inmediata detención de ambos bajo la modalidad de prisión preventiva, por lo que los dos exreferentes gremiales quedaron privados de su libertad tras la lectura del veredicto.
La causa investigó una maniobra fraudulenta vinculada con la adjudicación y comercialización irregular de viviendas sociales del barrio “128 Viviendas ATE”, en el sector Barrancas del Río Pipo. El proyecto había sido desarrollado en articulación con el Instituto Provincial de Vivienda, aunque la acusación sostuvo que el sindicato tenía un rol central en la confección de los listados de beneficiarios, mientras el organismo provincial verificaba requisitos formales.
Según la investigación, las víctimas entregaron importantes sumas de dinero con la expectativa de acceder a una vivienda. Esos pagos, de acuerdo con la hipótesis judicial, se habrían realizado a partir de promesas de adjudicación que luego no se concretaron, en un contexto marcado por la necesidad habitacional y la expectativa de familias que buscaban acceder a una solución definitiva.
El caso no surgió de manera aislada. Ya en 2018 la Justicia provincial investigaba la “comercialización” irregular de adjudicaciones de viviendas, incluso a personas ajenas al gremio. Un año después, el juez de instrucción Javier De Gamas Soler procesó a Córdoba, Arana y otros implicados por estafa y defraudación, al considerar acreditada la existencia de un plan destinado a obtener dinero mediante promesas de acceso a la casa propia.
En esa etapa de la causa se estimó que las maniobras habrían permitido recaudar más de 8 millones de pesos y unos 52 mil dólares antes de 2018. Posteriormente, la Cámara de Apelaciones confirmó el procesamiento de Córdoba y señaló que la operatoria habría sido ideada para aprovechar una necesidad especialmente sensible: el acceso a la vivienda.
Durante el debate oral, el Tribunal analizó el rol que habrían tenido los principales acusados dentro de la estructura gremial. Arana aparecía vinculado de manera directa con el área de Vivienda, mientras que la acusación sostuvo que Córdoba, por su posición de conducción dentro de ATE, no podía desconocer lo que ocurría. La investigación también indicó que el dirigente realizaba gestiones ante el IPV y recibía reclamos de afiliados que denunciaban haber pagado sin obtener respuestas.
En la etapa de alegatos, el fiscal Daniel Curtale había solicitado una pena de 4 años de prisión para Córdoba y Arana, al considerar acreditada su participación en los hechos investigados. Finalmente, el Tribunal impuso una condena más alta: 5 años de prisión efectiva para ambos.
En el mismo fallo, los jueces absolvieron a Erik Enrique Moscoso Panozo, quien había llegado a juicio acusado por el delito de lavado de activos. Respecto de él, la propia Fiscalía había pedido la absolución por el beneficio de la duda.
El tramo vinculado al lavado de activos había sido uno de los puntos controvertidos del expediente. La investigación sostuvo que parte del dinero obtenido de manera ilícita habría sido canalizado hacia la compra de maquinaria y la conformación de una empresa. En una etapa previa, Arana y su esposa habían sido desvinculados de esa imputación luego de acordar una reparación integral del daño con el Estado, que incluyó la entrega de una retroexcavadora.
La sentencia representa un golpe político y judicial para la conducción histórica de ATE en Ushuaia, en una causa que durante años atravesó al gremio estatal y expuso presuntas irregularidades en torno a un programa habitacional de alto impacto social.
Los fundamentos del fallo serán leídos el próximo 16 de junio, a las 19. Allí se conocerán los argumentos completos del Tribunal para sostener la condena contra Córdoba y Arana, en uno de los expedientes más resonantes de los últimos años vinculados con el acceso a la vivienda en Tierra del Fuego.