a Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios (DPOSS) reemplazó el régimen de regularización de deudas aprobado meses atrás y estableció nuevas condiciones para facilitar el ingreso de usuarios con obligaciones pendientes y simplificar la administración de los planes.
La medida fue adoptada mediante la Resolución DPOSS N° 1228/2026, firmada el 9 de septiembre por el presidente del organismo, Cristian Pereyra, que derogó expresamente la Resolución N° 584/2026 y aprobó un nuevo Reglamento de Regímenes de Regularización y Facilidades de Pago.
La decisión responde a dificultades detectadas por las áreas técnicas y operativas durante la implementación de la reglamentación anterior. Según reconoce la propia DPOSS, algunos requisitos exigían análisis individuales que resultaban incompatibles con un régimen que pretende tener una aplicación “general, ágil y masiva”.
Uno de los principales cambios es que el anticipo deja de ser un requisito obligatorio. El usuario podrá realizar un pago inicial por el monto que disponga según sus posibilidades financieras, pero no será una condición indispensable para acceder al plan.
El nuevo régimen permite financiar la deuda hasta en 36 cuotas mensuales para usuarios residenciales y hasta 48 para los no residenciales. Las cuotas serán consecutivas y se calcularán mediante el sistema francés de amortización.
Tasas según el plazo
El costo financiero aumenta a medida que se extiende el plan y, además, la DPOSS establece tasas menores para quienes adhieran al débito automático.
Para los usuarios residenciales, hasta 6 cuotas la tasa será de apenas 0,01% mensual y 0,12% de Tasa Efectiva Anual (TEA) con débito automático. Sin débito, aumenta al 1,50% mensual y 19,56% de TEA.
Entre 7 y 12 cuotas, las tasas serán del 1,60% mensual y 20,98% de TEA con débito, y del 2% mensual y 26,82% de TEA sin débito. Para planes de 13 a 24 cuotas serán del 2,20% mensual y 29,84% de TEA con débito, frente al 2,50% y 34,49%, respectivamente, sin débito.
En el plazo máximo residencial, de 25 a 36 cuotas, la tasa llegará al 2,60% mensual y 36,07% de TEA mediante débito automático, y al 3% mensual y 42,58% de TEA para las restantes modalidades de pago.
Para los usuarios no residenciales rigen exactamente las mismas tasas hasta las 36 cuotas. La diferencia aparece en la posibilidad de extender el financiamiento entre 37 y 48 pagos: en ese caso se aplicará una tasa del 3,10% mensual y una TEA del 44,25% con débito automático, mientras que sin débito el costo llegará al 3,50% mensual y una TEA del 51,11%.
El esquema introduce así un fuerte incentivo para utilizar el débito automático. La diferencia más marcada aparece en los planes más cortos: hasta seis cuotas, la tasa baja del 1,50% al 0,01% mensual si se adopta esa modalidad.
Capital, intereses y deuda judicializada
El monto a financiar estará compuesto por el capital adeudado más los intereses moratorios acumulados hasta la firma del convenio. Sobre ese total se aplicará el interés financiero correspondiente al plazo y modalidad elegidos.
El sistema francés implica que la cuota se determina combinando capital e intereses sobre el saldo financiado. En los primeros vencimientos tiene mayor peso el interés y posteriormente aumenta la proporción destinada a amortizar capital.
El régimen también permite incorporar deudas judicializadas, aunque será necesaria la intervención previa del área encargada del proceso. Si existen fondos depositados judicialmente, deberán ser percibidos e imputados a la deuda. Una vez cancelada la totalidad, la DPOSS solicitará el archivo de las actuaciones.
Los planes caducarán automáticamente cuando queden impagas tres cuotas, consecutivas o alternadas. En ese caso se perderán las facilidades y los saldos pendientes volverán a ser exigibles, con los recargos por mora correspondientes.
También se habilita la cancelación anticipada. Quien decida pagar el saldo antes del vencimiento total del plan dejará de abonar los intereses financieros correspondientes a las cuotas todavía no vencidas.