Tarifa de gas más cara y con menos garantías
Nueva Ley de Zona Fría en vigencia

Tarifa de gas más cara y con menos garantías

La Ley 27.828 entró en vigencia ayer y cambió las condiciones del subsidio al gas en Tierra del Fuego. El descuento del 50% deja de estar garantizado por ley y su aplicación queda en manos del Gobierno nacional. Las facturas podrían aumentar alrededor del 30%. El beneficio se mantiene hasta 2031.
14/10/2026
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on su publicación en el Boletín Oficial, entró en vigencia ayer, martes 13 de octubre, la Ley 27.828, que modifica el régimen de Zona Fría y que tiene consecuencias directas sobre las facturas de gas de los hogares de Tierra del Fuego.

La nueva legislación mantiene a la provincia dentro de las regiones beneficiadas, pero introduce dos cambios importantes: elimina la garantía legal del descuento del 50% y modifica la forma de calcular la bonificación, que pasa a concentrarse en el precio del gas y deja de abarcar los otros componentes de la tarifa; cargo fijo, transporte y distribución.

El resultado será una reducción del alcance económico del subsidio, que podría traducirse en aumentos de alrededor del 30% en las facturas residenciales.

Además, la nueva ley deja en manos del Poder Ejecutivo la definición del porcentaje y las condiciones de aplicación del beneficio. De esta manera, una bonificación del 50% que hasta ahora estaba garantizada por el Congreso pasa a depender de la decisión política del Gobierno nacional.

Menos descuento y facturas más caras

El nuevo esquema concentra la compensación económica en el precio del gas que comercializan los productores, conocido como precio en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST).

Hasta ahora, el beneficio se aplicaba sobre una base tarifaria más amplia, que incluía también componentes vinculados con el transporte y la distribución.

La diferencia es importante porque el precio del gas representa solamente una parte de la factura que reciben los usuarios. El resto corresponde a los servicios necesarios para transportarlo y distribuirlo, además de impuestos y otros conceptos.

Por lo tanto, aunque se mantuviera un descuento del 50%, este se aplicaría sobre una porción menor de la tarifa y el usuario terminaría pagando más.

Según estimaciones del Observatorio de Servicios Públicos de Energía de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, este cambio podría provocar aumentos de entre el 27,5% y el 31,5% en las facturas residenciales.

Además, hasta la sanción de la nueva ley los usuarios residenciales de Tierra del Fuego tenían garantizada una bonificación del 50% sobre los cuadros tarifarios de gas.

La Ley 27.828 elimina esa garantía y establece que el Poder Ejecutivo nacional, directamente o mediante la autoridad de aplicación, determinará los beneficios y sus modalidades.

Esto significa que el Gobierno podrá mantener el descuento actual, reducirlo o modificar su aplicación sin necesidad de una nueva ley.

Pero el cambio no termina allí. La reforma también modifica el funcionamiento del Fondo Fiduciario que financia el Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, que continuará financiándose mediante un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte. Pero el Poder Ejecutivo podrá aumentar o reducir ese recargo hasta un 50% de su valor, de acuerdo con las necesidades de financiamiento. Mantiene la vigencia del Fondo hasta el 31 de diciembre de 2031, por lo que a partir de esa fecha quedará sin efecto el mecanismo de financiamiento del régimen de Zona Fría.

La reforma mantiene vigente el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados, por lo que los usuarios fueguinos ya inscritos en el registro RASEF y que siguen cumpliendo con los requisitos de carácter económico continuarán alcanzados por ambos beneficios, el correspondiente a la bonificación por Zona Fría y el descuento nacional por situación económica.

Cambios para el petróleo y el gas

Otros aspectos menos conocidos de la Ley 27.828 son los referidos a la eliminación de distintos incentivos nacionales destinados a promover inversiones y aumentos de producción de petróleo y gas.

Entre ellos, deroga el Decreto 277/2022, que había establecido beneficios cambiarios para las empresas petroleras y gasíferas que aumentaran su producción. Ese régimen, creado durante la vigencia del cepo cambiario, les permitía acceder a dólares al tipo de cambio oficial para pagar deudas en el exterior, girar dividendos y utilidades a sus accionistas extranjeros o repatriar inversiones, sin necesidad de autorización previa del Banco Central.

También deja sin efecto el régimen promocional establecido por el Decreto 929/2013 y varios artículos de la Ley 27.007 vinculados con beneficios para proyectos de inversión.

La norma aclara que las empresas que ya tenían proyectos aprobados bajo esos regímenes conservarán los derechos adquiridos.

Estos cambios alcanzan al sector hidrocarburífero nacional y pueden tener incidencia en las decisiones de inversión de las empresas que operan en la Cuenca Austral, donde Tierra del Fuego concentra buena parte de su actividad petrolera y gasífera.

Deudas eléctricas y energías renovables

En materia eléctrica, la nueva ley habilita un mecanismo para compensar determinadas deudas de las distribuidoras con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA).

La medida permite reconocer ingresos que las distribuidoras dejaron de percibir durante el período de emergencia tarifaria y utilizarlos para compensar obligaciones pendientes con esa compañía.

En Tierra del Fuego, tanto la Dirección Provincial de Energía como la Cooperativa Eléctrica de Río Grande podrán acceder al mecanismo si cumplen las condiciones establecidas por la legislación y su reglamentación.

La reforma también modifica aspectos de la regulación de las tarifas eléctricas y extiende hasta el 31 de diciembre de 2045 las garantías tributarias previstas para proyectos de generación de energía renovable.

Esta última medida resulta de interés para Tierra del Fuego por las posibilidades de desarrollo de proyectos eólicos en la provincia.

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