Los expedientes en papel ya no deberán estar cosidos
Organización documental judicial

Los expedientes en papel ya no deberán estar cosidos

El Superior Tribunal de Justicia modificó una regla vigente desde 1994. Las actuaciones deberán conservarse en orden cronológico y en contenedores adecuados para su consulta y eventual digitalización. Los expedientes ya cosidos o foliados mantendrán, en principio, su organización.
03/11/2026
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os expedientes judiciales en papel de Tierra del Fuego ya no deberán estar cosidos ni foliados conforme a la exigencia que regía desde 1994. El Superior Tribunal de Justicia modificó esa disposición mediante la Acordada 125/2026 y estableció que las actuaciones deberán conservarse en orden cronológico, con condiciones que aseguren su identificación, integridad y disponibilidad.

La decisión modifica el artículo 122 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial, aprobado por la Acordada 120. Esa norma, vigente durante 32 años, establecía la obligación de coser y foliar los expedientes, además de los datos que debían consignarse en sus carátulas.

Con la nueva reglamentación, las actuaciones en soporte papel podrán guardarse en carpetas, biblioratos, cajas u otros contenedores adecuados. La elección dependerá del volumen y de las características de la documentación, y deberá permitir su custodia, conservación, consulta y eventual digitalización.

La eliminación de la costura no suprime la numeración o identificación que genere el sistema de gestión judicial. La acordada mantiene esa salvedad al definir las nuevas condiciones para la organización material de las actuaciones.

El cambio tampoco obliga a desarmar todos los expedientes existentes. Los que ya estén cosidos o foliados conservarán su organización actual, salvo que deban ser acondicionados para digitalizarlos o por otra necesidad funcional.

En los fundamentos, los jueces vincularon la modificación con el proceso de modernización y digitalización de las actuaciones judiciales. Consideraron conveniente revisar las reglas aplicables a los documentos en papel y eliminar formalidades que, según señalaron, no son necesarias para garantizar su conservación.

El tribunal también observó que esas tareas deben revertirse cuando llega el momento de digitalizar los expedientes. La reforma procura evitar ese trabajo sobre la documentación y simplificar su organización, sin eliminar las exigencias de resguardo.

“La modificación propuesta permite simplificar las tareas de organización documental y adecuarlas al proceso de transformación digital que atraviesa este Poder Judicial, sin afectar las condiciones necesarias para la seguridad, conservación y disponibilidad de las actuaciones”, expresaron los jueces.

La medida regula la conservación de los expedientes que continúan en papel y su preparación para una eventual digitalización. El orden cronológico y la identificación de las actuaciones serán parte de las condiciones que deberán respetarse en los nuevos contenedores, mientras que los documentos ya organizados bajo el sistema anterior podrán mantenerse de esa manera.

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