Legislatura – Emergencia previsional

Goteo diario, derogación del fondo solidario, de la movilidad bianaual, de la actualización de deuda y del fideicomiso habitacional

Los legisladores Urquiza y Villegas presentaron dos proyectos de ley referidos con el sistema jubilatorio. El primero modifica sustancialmente a la ley de emergencia del sistema de la seguridad social, que deja sin efecto la aplicación del fondo solidario para los empleados públicos y jubilados; la aplicación de la movilidad jubilatoria bianual y la creación del Fideicomiso para el Desarrollo Habitacional fondo fiduciario. El otro establece el sistema de goteo diario y automático para la transferencia de aportes y contribuciones destinados al IPAUSS.
21/03/2016
C

omo contrapropuesta a la iniciativa que impulsa la suspensión por 90 días y la virtual derogación del paquete de leyes de reforma previsional que presentaron el jueves sus pares de bancada, Löffler y Boydajián, los legisladores mopofistas Urquiza y Villegas presentaron el viernes dos proyectos de ley con los que buscan, por un lado, descomprimir el conflicto que enfrenta a gremios estatales con el Ejecutivo, y por el otro garantizar la remisión en tiempo y forma de  fondos al Instituto Autárquico Unificado de la Seguridad Social.
El primero de los proyectos introduce profundas modificaciones a la ley 1068, que declara la emergencia en el sistema de la seguridad social por 2 años.
La propuesta deroga la aplicación del denominado  fondo solidario para los agentes activos y pasivos del estado fueguino, dejándolo vigente únicamente para los funcionarios electos y designados en cargos de planta política en el Poder Ejecutivo, Legislativo, organismos de control del Estado provincial, Banco de Tierra del Fuego, Departamentos Ejecutivos Municipales, Concejos Deliberantes, Juzgados de Faltas, y órganos de control de los municipios de la Provincia, magistrados y funcionarios del Poder Judicial, los que deberán abonar un aporte jubilatorio adicional extraordinario equivalente al cuatro coma cinco por ciento (4,5%), que integrará los recursos del sistema previsional y no serán considerados a cuenta del pago de ninguna deuda existente.
También deja sin efecto el artículo que determina que “durante el plazo de la emergencia, la movilidad será actualizada 2 veces al año, en la fecha y condiciones que establezca la reglamentación en tanto los haberes del personal en actividad que se desempeñe en la categoría y/o función considerada para la determinación del haber inicial, dentro de las administraciones indicadas y en el respectivo escalafón, sufran variaciones”.
Otro tanto propone respecto del mecanismo de actualización de la deuda histórica previsional de 208 millones de dólares, que el Ejecutivo -a través de la ley de emergencia- determinó se actualizara aplicando la tasa de interés LIBOR desde el 12 de mayo del 2000 hasta la fecha de publicación de la ley 1068.
Además impulsa anular la autorización para que el Poder Ejecutivo emita y coloque “Bonos de Consolidación de Deudas de la Seguridad Social por hasta la suma total que se obtenga de la actualización prevista” de la deuda histórica “para afrontar las obligaciones consolidadas que resulten de la Certificación de Acreencias que determinen los organismos de control”, como así también la que habilita a la gestión Bertone a constituir el “Fideicomiso para el Desarrollo Habitacional” mediante el que se afectan “los recursos producidos por la emisión del Bono de Consolidación a la inversión en planes de construcción de viviendas familiares y créditos hipotecarios que tengan el mismo destino”.
Por otra parte propone restablecer la vigencia de la ley 676, derogada por la emergencia, que fijó el mecanismo de pago de la deuda histórica y mantener la plena vigencia del decreto 761/2013, dictado por la anterior gestión gubernamental para cancelar la deuda previsional de 2.400 millones de pesos que fuera certificada en 2012 por el Tribunal de Cuentas de la provincia.

Goteo, para garantizar los fondos de la seguridad social

Habida cuenta que la propuesta de modificación de la ley de emergencia implica una pérdida de recursos extraordinarios  destinados al pago de jubilaciones, los legisladores Urquiza y Villegas proponen garantizar al sistema de la seguridad social el flujo de recursos necesarios para el cumplimento de sus obligaciones previsionales y asistenciales, implementando para ello “el sistema de goteo diario directo y Automático a través del Banco de Tierra del Fuego, para retener y transferir aportes y contribuciones de la Seguridad Social y otros conceptos destinados al Instituto Provincial Autárquico de la Seguridad Social”.
El proyecto determina que “el Banco de Tierra del Fuego transferirá directa y diariamente por el
Sistema de Goteo Diario los aportes y contribuciones que correspondan a la Seguridad Social del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, municipios de las ciudades de Río Grande, Tolhuin y Ushuaia, Entes Descentralizados y Autárquicos, Tribunal de Cuentas, Fiscalía de Estado, cuando estos se financien con la coparticipación de recursos provinciales y nacionales, o bien de transferencias internas, de programas y fondos específicos, y recursos nacionales de coparticipación federal cuya asignación y distribución opere desde el Tesoro Provincial” y que “el  Ministerio de Economía será el responsable de informar diariamente al Banco de Tierra del Fuego los montos a transferir y que surjan de la retención determinada por el Fondo Especial para la Solvencia del Sistema de Seguridad Social, establecido en la Ley provincial 641”.
Vale recordar que en anteriores oportunidades se planteó la implementación de un sistema de goteo diario, alternativa que siempre fue desechada, tanto por la mayoría parlamentaria y los Ejecutivos (provincial y municipales), por entender que su aplicación ponía en serio riesgo la delicada ecuación económica financiera del estado y que podía derivar en que los Ejecutivos no pudieran cumplir con obligaciones tales como el pago de los haberes de los activos o las transferencias y subsidios fijados por ley.

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