Emisión de Títulos Públicos

El Tribunal de Cuentas quiere detalles de la operación financiera

El órgano de control requirió al Poder Ejecutivo precisiones sobre a colocación de títulos públicos por 200 millones de dólares.
06/06/2017
E

l Tribunal de Cuentas resolvió requerir al Poder Ejecutivo le remita información sobre diversos aspectos vinculados con la operatoria de colocación de 200 millones de dólares en Títulos Públicos.
De acuerdo a la Resolución 132, del pasado 29 de mayo. El órgano de control solicitó “la remisión de la actuaciones en las que obren las rendiciones de los Colocadores Iniciales, UBS Securities LLC y Puente Hnos. S.A, donde consten los gastos y comisiones así como la descripción de los fondos obtenidos”, se indique “la cuenta bancaria en la que dichos fondos fueron acreditados, detallando nombre de la Institución Bancaria/Financiera, Número de Cuenta, titular de la misma e importe acreditado total de la operación”; se adjunten “comprobantes de liquidaciones de los gastos y comisiones” pagados y de “todos aquellos conceptos pagados que reducen el saldo disponible luego de la colocación de las letras” y se informe sobre “todo otro importe que disminuya o haya disminuido el saldo  disponible para la provincia, por ejemplo el Fondo de Garantía para el pago de intereses de la primera cuota a pagar y sus correspondientes liquidaciones y comprobantes”.
También exigen datos precisos sobre cómo se desarrolló “la operatoria en razón del momento del corte que produjo la venta Bajo la Par de las Letras y monto de venta final de dichos instrumentos financieros” y sobre si “dicha negociación produjo la modificación de la tasa de interés”.
Además solicitaron la remisión del “análisis prospectivo de la capacidad de repago del Gobierno provincial, teniendo en cuenta los ingresos adicionales que se obtendrían de la colocación o inversiones del dinero obtenido a los efectos de no sostener stocks ociosos, así como también de la realidad que dicha operación financiera genera en relación al shock de disminución de recursos (regalías) que no podrán ser utilizados para gastos corrientes y toda otra consideración que corresponda indicando las principales premisas, estimaciones o proyecciones tenidas en cuenta para dicho análisis”, como asía también del “cálculo realizado a los efectos de analizar que los recursos que la provincia obtiene por regalías y que a partir de la operatoria serán destinados en la proporción que corresponda a garantizar el repago de la operatoria, son suficientes a tal fin”.
Además, desde el Tribunal se pretende conocer “el grado de cumplimiento a la fecha en relación a establecer los planes que garanticen la correcta programación, utilización y control de los medios de financiación que se obtengan mediante operaciones de Crédito Público”, y contar con la “documentación respaldatoria de la registración de las operaciones” como así también de la “planificación de la registración de las diferentes etapas que comprenden la presente operatoria. (Emisión de deuda, aplicaciones financieras temporales, inversión de los fondos obtenidos con afectación especifica en las obras autorizadas por la Legislatura, servicios de la deuda, amortización de intereses y capital, etc.)”.
También reclama la remisión de “Contratos de Compra”; “Convenio de Fideicomiso”; “Contrato de Fideicomiso Argentino”; “Contrato de control de cuenta”; “Prospecto definitivo en español” y “Copia del Informe definitivo referido a la opinión legal dirigida a los colocadores, elaborada por el estudio jurídico Bruchou en su calidad de asesor legal de la provincia”. En la mencionada resolución, que fue remitida para conocimiento a la Legislatura y a la Fiscalía de Estado, los Tribunos recuerdan que, hasta el momento, ese organismo intervino en las actuaciones relacionadas al programa de emisión de títulos de la deuda pública “solamente en instancia de certificar si la provincia se encontraba dentro de los límites para endeudarse” -sobre lo que emitió opinión favorable-, pero que en atención a que “es competencia de este Tribunal el control de las operaciones de crédito público” tanto en los hace a “la percepción como la aplicación de los recursos", corresponde “en esta instancia, tomar conocimiento de la operación financiera llevada a cabo por el Gobierno de la Provincia a través del Ministerio de Economía”.

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