Condenaron a abusador reincidente a 5 años de prisión
Juicio en Río Grande

Condenaron a abusador reincidente a 5 años de prisión

El Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande, condenó a 5 años de prisión a un hombre acusado de cometer abuso sexual contra una niña de tan solo siete años de edad en un fallo que distó notablemente de lo solicitado por la fiscalía.
19/09/2017
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l Tribunal integrado por los jueces Daniel Borrone, Juan José Varela y Pablo Bramati dio a conocer el veredicto ayer por la tarde y la pena ejecutada resultó ser mucho menor a la solicitada por el Ministerio Público Fiscal.
El viernes último, durante los alegatos, el fiscal Pablo Candela había solicitado que el acusado sea condenado a la pena de 12 años de prisión y que sea declarado reincidente por primera vez, en virtud a que el sujeto ya había cumplido una condena anterior por abuso sexual con acceso carnal.
En tanto, la defensa ejercida a cargo de Aníbal Acosta, cuestionó la acusación formulada por la fiscalía, solicitando que el imputado sea absuelto o que, en todo caso, se aplique el mínimo legal de condena que corresponde al delito.

En el seno familiar

De acuerdo a lo argumentado por el fiscal Pablo Candela, el primer hecho habría ocurrido en día y hora no precisados, pero con anterioridad al 8 de septiembre del año 2014, en el interior de la vivienda en la que el enjuiciado vivía junto con la madre y la víctima.
En este hecho, Candela entendió que el imputado cometió el delito de abuso sexual, abuso sexual con acceso carnal y alternativo abuso sexual gravemente ultrajante doblemente calificado, tipificaciones que daban cuenta de la gravedad del caso.
Por otra parte, el segundo episodio que se investigó habría ocurrido con anterioridad al mes de enero de 2015, también en la vivienda en la que convivían el abusador, la niña y su madre. Allí, se acusó al sujeto -cuyos datos filiatorios no trascendieron- de abuso sexual simple doblemente agravado por haber sido una persona encargada de la guarda de la víctima y cometido en perjuicio de una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma.

Condena en la mira

Los cinco años de condena que el Tribunal de Juicio le aplicó al abusador reincidente juzgado ayer, merecieron una explicación de parte del presidente del Tribunal, Daniel Borrone, quien en la lectura del fallo aclaró que la pena impuesta obedeció a “la declaración de la víctima” y “circunstancias” que se apreciaron a partir de esa declaración.
Así trascendió que el hecho más grave, no fue considerado como ‘gravemente ultrajante’ dado que en su declaración, la menor sostuvo que no hubo acceso oral, por lo que el ‘grave ultraje’ es considerado similar al agravante ‘por acceso carnal’.
Cabe aclarar que las dudas en torno a la condena aplicada al abusador se despejaran cuando se proceda a dar lectura a los fundamentos y allí trasciendan los detalles que derivaron en la pena de cinco años impuesta por el Tribunal de Juicio.

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