Desde hoy rige el ítem presentismo
Poder Judicial

Desde hoy rige el ítem presentismo

El Superior Tribunal de Justicia emitió una resolución disponiendo que a partir de hoy se aplique el ítem presentismo para los empleados. La medida, tomada en el año 2016, implicará un aumento de un 5% sobre el haber básico. El ingreso deberá registrase mediante un escáner de huellas digitales.
01/03/2018
E

l Superior Tribunal de Justicia emitió ayer la resolución N° 2/2018 mediante la cual dispuso implementar a partir de hoy la aplicación del ítem “presentismo” que significará un aumento salarial del 5% sobre el básico de todos los empleados del Poder Judicial Fueguino. Igualmente la medida permitirá a los agentes llegar una vez al mes 15 minutos tarde, por única vez, ya que una segunda llegada tarde implicará la pérdida del beneficio.
Entre los fundamentos de la resolución se menciona que “mediante resolución del STJ N° 90/17 se dictó el Reglamento de Presentismo y Puntualidad que regula el control de la asistencia del personal judicial, oportunidad desde la cual se han realizado distintos procesos”.
“La implementación de dicho sistema ha generado situaciones cotidianas que merecen ser atendidas a efectos de la percepción del Adicional por Presentismo establecido por Acordada STJ N° 160/16, como así también las consideraciones realizadas por los representantes de los empleados”, señala la resolución.
Asimismo señala que “se entiende imprescindible establecer las consideraciones tendientes a liquidar el Adicional en forma eficiente con el objeto de garantizar su aplicación uniforme y proceder a su efectivo impacto económico”.
La resolución en su artículo uno dispuso "la confección de la planilla de control del presentismo y puntualidad con los datos del dispositivo de impresión de huellas digitales generados con el registro dactilar de cada empleado al momento del ingreso y egreso de su lugar de trabajo. Se considera una tolerancia de 15 minutos del horario, fijada en la reglamentación establecida por Resolución N° 90/1”7.
En caso de verse imposibilitada la confección del parte vía intranet y/o planilla por medio de datos biométricos, excepcionalmente el responsable del área deberá realizarlo en forma manual, conformar la planilla y remitir la documentación al área de personal.
Ante la imposibilitada de la registración dactilar por parte del agente, en el momento deberá informar al superior de la dependencia a efectos de dejar constancia escrita de su horario de ingreso y/o egreso.
En el punto dos determina el cumplimiento de la carga horario de seis horas y media durante todos los días hábiles del mes que corresponda a los efectos de percibir el adicional presentismo.
En tanto que el tercer punto se establece "que el agente que registre durante el mes más de un ingreso pasados los 15 de su horario establecido, o más de una ausencia durante el mes, no percibirá el adicional presentismo. Para los casos de Dispensa Horaria se considera el horario de ingreso autorizado por la misma”.
Asimismo la resolución pidió considerar que para el cobro del adicional por presentismo los casos de comisiones de servicios que impidan al agente realizar la registración dactilar en su horario de ingreso y/o egreso en su lugar de trabajo, previo informe del responsable del área.
Por último se estableció que "las situaciones particulares y horarios de trabajo para ciertas dependencias, existentes a la fecha o determinadas en el futuro serán consideradas para la liquidación del adicional presentismo, con la premisa de cumplir con el horario de ingreso y egreso establecido y la carga horaria determinada”.

La acordada que dispuso el ítem en 2016

Los jueces María del Carmen Battaini, Carlos Gonzalo Sagastume y Javier Darío Muchnik, los mismos que ayer firmaron la resolución, en agosto de 2016 habían firmado la Acordada 160/16, creando el adicional remunerativo del 5% sobre el sueldo básico en concepto de “Adicional Presentismo" para los agentes judiciales (niveles S0G a E11 inclusive) que no incurran en ausencias y llegadas tardes durante todo un mes calendario.
“Resulta procedente disponer las medidas pertinentes para reconocer el trabajo destacado de los agentes y promover tal desempeño, estableciendo para quienes no incurran en inasistencias y llegadas tardes, un adicional remunerativo sobre el sueldo básico por Presentismo", indicaron en aquel momento los Jueces del STJ.
Puntualiza que “la predisposición y responsabilidad denotada por quienes cumplen horario y no registran ausencias, extremando los cuidados para evitar ausentarse de su lugar de trabajo y permitiendo de esta manera el normal desenvolvimiento de la tarea judicial, debe ser reconocido”.
Sostienen que en “el mismo sentido, fortalecer al equipo de trabajo, brindándole continuidad y evitando la sobrecarga de tarea en sus compañeros, ayuda a brindar un servicio de justicia operativo y eficiente. Para aplicar dicho reconocimiento resulta indispensable implementar un sistema de control que identifique adecuadamente el ingreso de los agentes con la tecnología disponible en el mercado”.
Los mismos jueces de la Corte, que hace 20 meses firmaron dicha acordada, habían asegurado que el ítem alcanzaría a los empleados que “no incurran en ausencias y llegadas tardes durante todo un mes calendario (sin excepción alguna) y quedó supeditado a la aprobación del presupuesto para tal fin”. Pero en la resolución de ayer volvieron sobre sus propios pasos y dispusieron que los empleados puedan llegar 15 minutos tarde una vez al mes.

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