Condena confirmada para un hombre que atacó con un tenedor a su ex pareja
Le provoco lesiones en la cabeza

Condena confirmada para un hombre que atacó con un tenedor a su ex pareja

Se trata de Ramón Ismael Flores que atacó en dos oportunidades a su ex pareja en la ciudad de Río Grande. En uno de los hechos lo hizo con un tenedor y le provocó dos cortes en la cabeza. Además intentó provocarle quemaduras en el rostro intentando colocarla en el interior de un horno encendido. A pesar de confirmarse la condena, el violento está libre por beneficio de la excarcelación.
11/12/2019
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n julio de 2017 Ramón Ismael Flores, fue condenado en Río Grande a prisión por las graves lesiones provocadas a su ex pareja, a quien le clavó un tenedor en la cabeza, en dos oportunidades, ocasionándole heridas sangrantes y además intentó quemarle el rostro tratando de introducirla en un horno encendido.
Uno de los hechos violentos fue cometido en presencia del hijo de la mujer víctima, quien dio aviso a la Policía, cuyos efectivos lograron llegar a tiempo para hacer cesar los actos violentos y proceder a la detención del imputado.
Flores fue llevado a juicio oral y fue condenado por el Tribunal de Juicio en lo Criminal al considerarlo autor penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas cometidos en perjuicio de la mujer con quien mantuvo relación de pareja, mediando violencia de género y coacción agravada por el uso de arma.
La condena intentó ser revertida por la defensora pública, Lorena Nebreda, por lo que el caso llegó a resolución del Superior Tribunal de Justicia que a fines de noviembre rechazó el recurso de casación y confirmó así la condena de 3 años de prisión cumplimiento efectivo.
A pesar de quedar firme la condena, Flores está en libertad, porque al momento de ser condenado había cumplido 9 meses de cárcel, lo que fue considerado suficiente tiempo para que pueda acceder al beneficio de la excarcelación.

Testimonio de la víctima

Una de los argumentos esgrimidos por la defensa para tratar de revertir la sentencia condenatoria fue la valoración del testimonio de la víctima, indicando que hubo contradicciones entre lo que dijo en la instrucción de la causa y lo que declaró ante el Tribunal.
En los fundamentos de la sentencia de la Corte, la jueza María del Carmen Battaini sostuvo que “en los delitos cometidos en la intimidad, el testimonio de la víctima cobra vital relevancia por ser hechos ajenos a las miradas de terceros y dentro de un marco de confianza. El valor predominante otorgado por el a quo a dicha prueba no se aprecia irrazonable y responde adecuadamente a los principios que rigen la valoración probatoria en supuestos como el presente”.
Además, la doctora Battaini señala que existen pruebas de cargo que avalaron los dichos de la mujer atacada, respecto a los hechos que sucedieron el 18 de agosto de 2016. En tal sentido valoró las manifestaciones del hijo de la víctima quien declaró haber escuchado gritos dentro de la casa, más precisamente en el dormitorio, por lo que decidió llamar al 101, quienes enviaron un móvil pol

Los hechos violentos

El ataque que sufrió la mujer, identificada como PFLM, sucedieron en horas de la tarde del 18 de agosto del año 2016, en el interior del domicilio del imputado. En tal ocasión la denunciante se negó a entregarle el dinero cobrado en concepto de asignaciones familiares, comenzó a agredirla físicamente con golpes de puño en el estómago, tirándole de los cabellos, para luego ingresarla a su habitación donde continuó menoscabando su integridad física, propinándole patadas en la espalda y escupiéndole la cara, episodio que fue advertido por su hijo.
Otro hecho ocurrió el 2 de octubre de 2016, cuando el hombre intentó revisarle el celular, tras lo cual se acercó nuevamente a ella para posicionarla contra la bacha de la cocina, y presionándole el cuello con ambas manos, intento asfixiarla. Seguido a ello, buscó una birome habida sobre la mesa y le refirió “te vas a quedar sin ojos” (sic).
Luego, tomó el tenedor apoyado sobre la baja de la cocina, para seguidamente clavárselo a la nombrada en el sector de la cabeza, en dos oportunidades, ocasionándole así heridas sangrantes. Luego la empujó contra la puerta del horno, el que se encontraba prendido, caliente y con la puerta abierta, y tomándola de los cabellos, intentó colocar su rostro sobre las llamas del horno, el que no poseía la chapa correspondiente al quemador, no logrando su cometido a causa de la resistencia desplegada por la víctima.

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