Proyecto para jerarquizar la emergentología
Ejercicio profesional de los Técnicos en Emergencia Médicas

Proyecto para jerarquizar la emergentología

La propuesta apunta a establecer el marco regulatorio de los técnicos en emergencias médicas antes de que se produzca la primera camada de egresados de la tecnicatura en emergentología que se implementó en la Provincia en abril de 2019.
12/08/2020
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reviendo que a fines del próximo ya estén titulados los primeros egresados de la tecnicatura en emergentología que fuera implementada en la provincia  en abril de 2019, el bloque legislativo de la UCR presentó un proyecto de ley para regular el ejercicio profesional de los técnicos en emergencia médicas de Tierra de Fuego.
La propuesta define como técnico en emergencias médicas a las personas “con formación universitaria o terciaria debidamente capacitadas para actuar en la organización, preparación, asistencia y recuperación de personas que requieren el auxilio de los sistemas de emergencia públicos o privados para la atención pre hospitalaria de soporte vital básico y soporte vital avanzado, conforme a los límites de competencias derivados de los títulos habilitantes”, y establece que para ejercer la profesión deberán acreditar “Título Universitario habilitante otorgado por universidades nacionales, provinciales y privadas reconocidas por autoridad competente; Título de Técnico en Emergencias Médicas otorgado por centros de formación de nivel terciario dependientes de organismos nacionales, provinciales, municipales e instituciones privadas reconocidas por autoridad competente; Títulos otorgados por universidades extranjeras, convalidado por los organismos nacionales conforme a la legislación y convenios vigentes, o “Títulos convalidados conforme a reglamentaciones del Ministerio de Educación de la Nación” y además “estar inscripto en el Registro Provincial de Técnicos en Emergencias Médicas con la respectiva matriculación”, cuya creación también es contemplada en la iniciativa presentada el pasado lunes 3 de agosto.
El proyecto define las competencias propias de la profesión, entre las que se mencionan el “evacuar pacientes o víctimas utilizándolas técnicas de movilización e inmovilización y adecuando la conducción según la gravedad del caso, para realizar un traslado seguro al centro sanitario de referencia”, “aplicar técnicas de soporte vital básico instrumental en atención básica inicial en otras situaciones de emergencia”, “aplicar técnicas de ayuda en maniobras de soporte vital avanzado con indicación médica y en situación de compromiso vital extremo y ante la ausencia de un médico”, “colaborar en la clasificación de víctimas en todo tipo de emergencias y catástrofes bajo supervisión y siguiendo indicaciones del superior sanitario responsable”, “ayudar al personal médico y de enfermería en la prestación del soporte vital avanzado al paciente en situación de emergencia sanitaria”, “prestar apoyo psicológico básico al paciente, familiares y afectados en situaciones de crisis y emergencias sanitarias” y “atender la demanda de asistencia sanitaria recibida en los centros gestores de tele-operación y tele-asistencia (centrales 911 o similares)”, entre otras.
Contemplando la situación de aquellas personas que en la actualidad ejercen funciones propias de los técnicos en emergencias médicas sin poseer el título habilitante, se determina que podrán continuar con el ejercicio de esas funciones pero siempre y cuando se inscriban “dentro de los 90 días de entrada en vigencia de la ley en un registro especial del Ministerio de Salud” y se les otorga “un plazo de 6 años para obtener el título profesional habilitante”.

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