Nuevas vacantes serán cubiertas mediante concursos cerrados
JUZGADOS PROVINCIALES

Nuevas vacantes serán cubiertas mediante concursos cerrados

Las nuevas vacantes en las unidades funcionales del Poder Judicial, en toda la provincia, serán cubiertas mediante concursos exclusivos para quienes ya se desempeñan como agentes judiciales. La medida se resolvió para garantizar la promoción de la carrera judicial del personal que se desempeña en las distintas dependencias; explican desde el Superior Tribunal.
20/08/2020
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ajo la explicación que se debe promover la carrera judicial, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) estableció que las nuevas vacantes que se produzcan en las unidades funcionales del Poder Judicial sean cubiertas mediante la modalidad de Concursos Cerrados, estableciendo la exclusividad para los agentes que ya trabajan en los Tribunales.
Así se desprende de la Acordada 68/2020, que lleva las firmas de los jueces Carlos Gonzalo Sagastume, presidente y Javier Muchnik, vicepresidente y la Dra. Jessica Name, Secretaría de Superintendencia y Administración del Superior Tribunal de Justicia. La jueza María del Carmen Battaini no la firma pero dio su consentimiento (al momento de emitirse estaba fuera de la provincia).
La Acordada se dictó con el “fin de garantizar la promoción de la carrera judicial del personal que se desempeña en las distintas dependencias y a la vez recoger la experiencia de este periodo, debe establecerse un procedimiento apropiado y acotado para los concursos de agentes comprendidos en el “Agrupamiento A” y ubicados entre los niveles Auxiliar Tercero y Oficial Primero”.
Respecto al procedimiento, allí se indica que titular de la unidad judicial remitirá a la Superintendencia la solicitud del llamado, especificando la categoría habilitada vacante a cubrir. Una vez aprobado el llamado en la modalidad cerrada se notificará la apertura del concurso al titular de la dependencia “indicándose los agentes en condiciones de participar”.
Los exámenes, sean escrito y/u orales, se calificarán de 0 a 10 puntos exigiéndose un mínimo de 6 puntos para aprobar.

Las razones

En los fundamentos de la medida, se indica que “debe reafirmarse la importancia de los concursos como método de promoción de los empleados del Poder Judicial a fin de garantizar la igualdad de oportunidades a los interesados como la idoneidad del postulante”.
Agrega que “deben distinguirse las distintas condiciones y circunstancias que atraviesan los concursos de agentes, según la modalidad del llamado sea cerrada al Poder Judicial o a la unidad funcional; toda vez que ambos reflejan situaciones bien diferenciadas limitándose esta última al personal interno del área”.

Impedimentos

En la Acordada 68/2020 también se establecen casos en los que no pueden concursar los agentes judiciales:
-Quienes registren sanciones disciplinarias en los últimos 18 meses a contar desde la fecha de llamado a concurso.
-Quienes se encontraren gozando o hubieren gozado dentro del último año de una licencia sin goce de sueldo por más de 6 meses, continuos o discontinuos, salvo que obedeciera a razones de estudio o capacitación vinculado con funciones propias del Poder Judicial.
-Quienes no hayan cursado y aprobado al menos 2 cursos de la Escuela Judicial relacionados con el fuero en el que se concursa en los últimos tres años.
-Quienes a la fecha del llamado no se encuentren dentro de las 3 categorías inmediatas inferiores con una antigüedad mínima de 12 meses.
-Quienes no hayan realizado un curso especifico del área en que se desempeña. En caso de no contar con el mismo, será responsabilidad del titular de la unidad funcional tomar los recaudos pertinentes para su proyección y dictado.

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