Dietas, desenganche y equiparación
Presupuesto 2021

Dietas, desenganche y equiparación

La remuneración del Gobernador deja de estar referenciada a las de los Intendentes de Ushuaia y Río Grande. Se desenganchó la retribución de los vocales del Tribunal de Cuentas de la del mandatario provincial. Los salarios de los agentes del Escalafón Profesional Universitario de la Administración Central fueron equiparados con los del Cuerpo de Auditores, Abogados y Profesionales del Tribunal de Cuentas.
04/01/2021
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e no mediar veto por parte del Poder Ejecutivo, a partir de la promulgación de la ley de Presupuesto provincial para este año la remuneración del Gobernador dejará de ser equivalente al promedio de la retribución de los Intendentes de Ushuaia y Río Grande con más el 5% y pasará a ser el “equivalente a la multiplicación por 6 veces la remuneración básica que perciban los agentes Categoría E del Escalafón Profesional Universitario”. Pero además, los Legisladores resolvieron, por mayoría, disponer “que la remuneración del Gobernador se encuentra alcanzada por el principio de intangibilidad, no pudiendo ser disminuida por disposición de inferior jerarquía a la presente de manera alguna mientras permanezca en sus funciones”, lo que eliminaría la posibilidad de que por decreto el titular del Ejecutivo pudiera resolver no aplicar para sí, sus ministros y demás integrantes del Gabinete Provincial los incrementos que le correspondiera percibir por aplicación de la ley de dietas.
Pero además, los parlamentarios resolvieron también “la equiparación del básico de escala salarial del Escalafón Profesional Universitario (con excepción de la AREF, IGJ y Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas) con el básico de escala salarial correspondiente  al  Cuerpo de Auditores, Abogados y Profesionales de distintas disciplinas del Tribunal de Cuentas de la Provincia”, lo que implica una mejora promedio del 50% para los agentes del EPU. Por esta decisión, una vez más la definición de la política salarial de las máximas autoridades de los Poderes Ejecutivo y Legislativo no queda en sus manos sino en la de un tercero. Antes estaba sujeta a la definición salarial que se diera en el ámbito de los Municipios, ya que las remuneraciones de los Intendentes está atada a los sueldos del personal de planta permanente, y ahora a la del órgano de control.
En función de ello, la remuneración del Gobernador se ubicará en torno a los 405 mil pesos mensuales, en el 95% de ese monto la de la Vicegobernadora y en el 90% la de Legisladores.
Pero estas no fueron las únicas determinaciones adoptadas en materia de salarios, ya que también se resolvió sustituir el artículo 7º de la ley 50 para facultar a los miembros del Tribunal de Cunetas a fijar sus retribuciones por acuerdo plenario. Hasta ahora, esas retribuciones eran equivalentes al 90% de la dieta del Gobernador.
Otra de las disposiciones de carácter permanente incorporadas al proyecto de presupuesto 2021 modificó el artículo 17 de la Ley provincial 3 (Fiscalía de Estado) para cambiar la forma de distribución de los honorarios profesionales que se regulen a favor del Fiscal de Estado “en los juicios en que la parte contraria fuere vencida”. Desde 1992, y tal lo determinaba el decreto 444, esos honorarios profesionales se distribuían un 20% “a gastos de funcionamiento y equipamiento de la Fiscalía de Estado” y el 80% restante “en parte iguales entre la totalidad del personal de la Fiscalía sin distinción alguna”. Con el cambio en cuestión quedan excluidos de la distribución de honorarios profesionales “los funcionarios que gocen inamovilidad en el cargo”. Por Constitución Provincial, el único funcionario del órgano de control que goza de inamovilidad en el cargo es el Fiscal de Estado.

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