Redujeron monto del adicional por bloqueo de título
Inspección General de Justicia

Redujeron monto del adicional por bloqueo de título

El Poder Ejecutivo resolvió reducir el monto que perciben por bloqueo de título los profesionales universitarios que prestan servicios en la Inspección General de Justicia. La decisión se adoptó luego de que la Legislatura incorporara a los agentes del escalafón EPU de la IGJ en el régimen de equiparación salarial entre ese escalafón y el de Auditores, Abogados y Profesionales de Distintas disciplinas del Tribunal de Cuentas de la Provincia.
06/04/2021
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os profesionales universitarios que “presten reales y efectivos servicios” en la Inspección General de Justicia y estén incorporados al escalafón EPU comenzarán a percibir la mitad del monto que se les venía pagando en concepto de bloqueo de título.
La decisión fue adoptada el pasado miércoles 31 de marzo por el gobernador Melella y la ministra de Gobierno. Mediante el decreto 659/21 se sustituyó el artículo 26 del Anexo I del Decreto Provincial N° 2991/09, reglamentario de la ley que regula el funcionamiento, competencias y facultades de la Inspección General de Justicia, y estableció que “el concepto Bloqueo de Título será abonado a los profesionales universitarios que presten servicios en la Inspección General de Justicia (…) no pudiendo ser inferior el importe a abonar por dicho concepto al que por Dedicación Exclusiva perciba el personal P.A.y T. categoría 24 de ese organismo (…)”.
Desde mediados de 2017 y hasta el dictado del referido decreto, los profesionales universitarios de la IJG percibían por el adicional “bloque de título” y monto que no podía ser inferior “al doble” de lo que cobraba pro dedicación exclusiva un agente categoría 24 del escalafón P.A.y T.
Desde el Ejecutivo se argumenta que, tal lo sustentado por el Superior Tribunal de Justicia, “el criterio con relación a la política salarial de los empleados públicos refiere a que lo atinente a los sueldos, recomposición y/o mejoramiento salarial es facultad discrecional del titular del Poder Ejecutivo” y que la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostiene que « (…) nadie tiene un derecho adquirido al mantenimiento de un régimen jurídico. Sostener que existen relaciones jurídicas que resultan insusceptibles de modificación implicaría sobreponer el interés privado de un particular por encima del interés de la comunidad, lo cual resulta inadmisible y contrario al texto constitucional”.
Es de tener en cuenta que la decisión de reducir el monto por bloque de título para los profesionales universitarios de la IGJ se adoptó luego de que la Legislatura modificara en la sesión del pasado 25 de marzo el artículo 35 de la ley de presupuesto 2021, para incorporar dentro de régimen de equiparación del básico de escala salarial del Escalafón Profesional Universitario (EPU) con el básico de escala salarial correspondiente al Cuerpo de Auditores, Abogados y Profesionales de Distintas disciplinas del Tribunal de Cuentas, a los agentes de la Inspección General de Justicia.
En función de ello, y cuando el Ejecutivo promulgue la modificación a la ley 1333, los agentes del escalafón EPU de la IJG comenzarán a percibir el aumento del 11% que a partir del mes de febrero comenzaron a percibir los agentes del Tribunal de Cuentas. Por ello, y a modo de ejemplo, el básico de una categoría E del EPU (equiparado a la categoría A3 del TCP) es de 74.965 pesos.

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