Se publicó la ley de Góndolas
Programa “Góndola Saludable”

Se publicó la ley de Góndolas

La ley de Góndolas Saludables aprobada por la Legislatura a fines del mes de marzo fue publicada ayer en el Boletín Oficial. El Ejecutivo tiene plazo para reglamentarla hasta mediados de agosto.
12/05/2021
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asi con un mes de atraso desde que fuera promulgada, ayer se publicó en el Boletín Oficial la ley que creó el Programa Provincial de Góndolas Saludables. La iniciativa del bloque Radical sancionada el 25 de marzo apunta a fomentar la competitividad de productos, marcas y distribución de mercadería; alentar la elección de alimentos con bajo contenido en grasas, azúcar y ultraprocesados, y difundir, estimular y visibilizar la producción, el consumo y la comercialización de productos elaborados en la Provincia.
Para la efectiva entrada en vigencia de la ley todavía habrá que aguardar, como máximo, hasta mediados del mes de agosto, ya que recién en ese entonces vencerá el plazo con que cuenta el Poder Ejecutivo para reglamentarla y elaborar el listado de los productos y alimentos que aporten nutrientes protectores para la salud que deberán estar expuestos en el ingreso de los comercios o en un lugar con fácil visibilidad.
Las prescripciones de la referida ley son de aplicación para “todos los hipermercados, supermercados y establecimientos similares, instalados o a instalarse en la Provincia, cuya ocupación posean una superficie cubierta igual o superior a los 200 metros cuadrados”.
Estos establecimientos deberán proporcionar y garantizar la exhibición de los productos de fabricación local en un lugar de visible exposición, contando siempre con espacio en las góndolas para ello, bajo la denominación “Producto local”, y tal fin deben garantizarse un espacio preferencial para la exhibición de ese tipo de productos productos.
La norma determina también que “la exhibición física y locaciones virtuales de un proveedor o grupo empresario no podrá superar el 30% del espacio disponible que comparte con productos de similares características” en la góndolas.
Además contempla que en las llamadas líneas de caja se deberán remplazar todos aquellos alimentos con alto contenido en azúcares, grasas y altamente procesados, por alimentos que fomenten una alimentación saludable, y que “preferentemente en el ingreso” al comercio o en “un lugar con fácil visibilidad” se destine “un espacio a los productos y alimentos que aporten nutrientes protectores para la salud”. Obliga también a los comercios alcanzados a “disponer góndolas o estanterías” para “productos alimenticios destinados a personas diabéticas e hipertensas, bajo la denominación cardiosaludables”, las que deberán “estar perfectamente individualizadas con carteles o marquesinas”.
Por otra parte, indica que se deberá desarrollar “una campaña publicitaria de concientización ciudadana sobre alimentación saludable, como modo de promoción y educación, utilizando la Guía de Alimentación Para la Argentina (GAPA) como instrumento orientador de la misma”.

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