Confirmaron la cesantía de un agente penitenciario que manejaba alcoholizado
CHOCÓ UN NICHO PROVOCANDO UNA FUGA DE GAS

Confirmaron la cesantía de un agente penitenciario que manejaba alcoholizado

El penitenciario manejaba en estado de ebriedad un automóvil que chocó un nicho de gas y luego volcó en el patio de una vivienda particular. El incidente sucedió en noviembre de 2018 y tras la resolución del sumario administrativo se le aplicó la sanción de cesantía, la que quedó confirmada tras ser rechazado un recurso de reconsideración.
23/09/2021
E

l gobierno confirmó la exoneración de Alejandro Andrés Sinner, quien formaba parte del personal de Servicio Penitenciario y que el domingo 18 de noviembre de 2018, a las 5:40 de la madrugada, manejaba en estado de ebriedad, perdió el control del automóvil que conducía, chocó contra un medidor de gas y terminó volcando en la calle Cabo de Hornos al 4100. El auto cayó dentro del patio de una casa.
El impacto del auto provocó una importante fuga de gas en el lugar, por lo que debió acudir el personal de Camuzzi y los servicios de emergencia para evitar una posible tragedia.
Luego de ocurrido los hechos y tras el sumario pertinente, mediante Decreto Provincial 1356/20 se dispuso la aplicación de la sanción de cesantía de Sinner, encuadrando su comportamiento como “falta grave”, aplicando lo establecido por el artículo 469 inciso k) del Decreto Provincial 2657/08 reglamentario de la Ley Provincial 735 (interponer influencias o utilizar procedimientos no reglamentarios para solicitar cambios de destino, ascensos, comisiones, servicios o cualquier tipo de beneficio vinculado al servicio). Contra ésta decisión, el nombrado resolvió interponer un recurso de reconsideración.
Sinner planteó su agravio a lo decidido y sostuvo que “los hechos acaecidos pertenecen a su vida privada, que únicamente obra en sus antecedentes un llamado de atención, que no existió por parte de la administración una valoración de los hechos, de su conducta y de los antecedentes”.
Además, en el recurso presentado, consideró que “el artículo 469 inciso k) del Decreto Provincial 2657/08, es inconstitucional. Alegó la falta de razonabilidad del acto administrativo, exceso en la sanción y ausencia de motivación”.
A partir de lo planteado, con fecha 6 de septiembre de este año, se dictó el Decreto 1737/21, rubricado por el gobernador Gustavo Melella y la ministra de Obras Públicas, Gabriela Castillo; mediante el cual se procedió a rechazar el recurso de reconsideración, con lo cual se agotó la vía administrativa en el reclamo, con lo cual el ex agente de Policía ahora tiene la posibilidad de recurrir a la instancia judicial.
En los fundamentos del Decreto se señala que la “inconducta desplegada por Sinner constituye una falta grave” y que la “gravedad de lo sucedido fue comprobada en el procedimiento sumarial llevado a cabo, dando lugar a la infracción de la ordenanza municipal sobre alcoholemia, provocando daños materiales y colocando en riesgo su vida y la de terceros”.
Además puntualiza que “la falta administrativa achacada posee tal relevancia por las particularidades que imperan en las funciones que cumple y por el especial régimen al que aceptó pertenecer el señor Sinner”.
Por otra parte, se recuerda que la Ley Provincial 735, establece en su artículo 8°: “El estado policial supone los siguientes deberes comunes al personal en actividad o retiro: a) Adecuar su conducta pública y privada a normas éticas, acordes con el estado policial», ello implica el deber guardar un desempeño decoroso, tanto cuando se hallan en funciones como cuando no lo están”.

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