Sin aislamiento para contactos estrechos no convivientes
COVID-19

Sin aislamiento para contactos estrechos no convivientes

En la Provincia los casos positivos y sus convivientes deberán guardar aislamiento por 7 días. Quedan eximidos de esta medida de protección sanitaria los contactos estrechos no convivientes. También se limitó el testeo a personas con síntomas compatibles con COVID. Desde el Ministerio de Salud se reiteró la importancia de cumplir con el esquema de vacunación.
13/01/2022
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n función de las recomendaciones consensuadas en el Consejo Federal de Salud y teniendo en cuenta el porcentaje de población vacunada contra el COVID-19, el Ministerio de Salud de la Provincia definió las nuevas pautas de aislamiento y cuidado para casos positivos y contactos estrechos.
Las disposiciones que rigen desde ayer determinan que los casos positivos deberán seguir cumpliendo 7 días de aislamiento desde la fecha de inicio de los síntomas o del diagnóstico en casos asintomáticos, más 3 días de cuidados especiales. Estos es no concurrir a eventos masivos ni reuniones sociales; utilizar barbijo de forma adecuada -bien ajustado, tapando nariz, boca y mentón- permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener la distancia social, ventilar los ambientes de manera continua y extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo.
Los contactos estrechos asintomático convivientes con un positivo deberán también guardar aislamiento durante los mismos 7 días del caso confirmado, siempre y cuando se mantengan asintomáticos. En caso de presentar síntomas pasarán a ser nuevo caso sospechoso y deberán proceder al hisopado. En el certificado de aislamiento del caso positivo se incluirán los nombres de los contactos estrechos convivientes.
En tanto, los contacto estrecho asintomático no convivientes no deberán realizar aislamiento, pero deberán maximizar las medidas preventivas (uso adecuado de barbijo, distanciamiento, lavado frecuente de manos, ventilación de los ambientes, no concurrir a reuniones sociales o eventos masivos, etc.), y realizarse automonitoreo de síntomas de forma diaria. En caso de presentar síntomas durante los siguientes 10 días del contacto con el caso positivo, deberán aislarse inmediatamente y concurrir a un lugar de testeo público o privado.
Desde la careta sanitaria se recordó que el DNU 297/20 exceptúa a los definidos por dicha normativa como trabajadores esenciales, quienes siendo contacto estrecho de un caso positivo conviviente o no, podrán exceptuarse del aislamiento, siempre que el superior determine que es necesario para la cobertura de un servicio esencial. En estos casos deberán intensificarse las medidas preventivas.
De igual modo, a todos los casos confirmados se les inhabilitará el pase sanitario por 10 días para concurrir a eventos masivos u otras actividades consideradas de mayor riesgo.
Más allá de estas nuevas pautas se recomienda iniciar; completar o aplicar la dosis refuerzo de vacunación contra el COVID-19, como así también continuar con las medidas sanitarias vigentes.

Nuevo criterio para testeos

Además del nuevo protocolo de aislamiento, el ministerio de Salud también definió un nuevo criterio para la realización de testeos. Desde ayer solo se testeará a las personas que presenten síntomas compatibles con COVID-19 (fiebre de 37,5°C o más, tos, dolor de garganta, dificultad respiratoria, dolor muscular, cefalea, diarrea y/o vómitos, congestión nasal, pérdida brusca de gusto u olfato). Es por ello que no se realizarán testeos a los contactos estrechos asintomáticos, ni por motivos de viaje.

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