l Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande escuchó los alegatos de la parte acusatoria en el proceso oral seguido contra Florencia Mancilla, imputada por el homicidio de Alexis Baciocchi. En una jornada marcada por fuertes contrastes jurídicos, la querella y la fiscalía coincidieron en atribuirle la autoría del hecho, pero discreparon de manera sustancial en la calificación legal y, en consecuencia, en el pedido de pena.
Las abogadas querellantes Erica Soto y Sandra Arenas, representantes de la familia de la víctima, sostuvieron que el crimen debe ser encuadrado como homicidio doblemente agravado por alevosía y ensañamiento. Bajo esa figura, solicitaron al Tribunal la pena de prisión perpetua. Según plantearon, durante el debate quedó acreditado que Mancilla actuó con premeditación y desplegó una violencia extrema sobre la víctima.
En su exposición, las letradas remarcaron que la alevosía se configuró en el marco de la relación de confianza existente entre Baciocchi y la acusada, quien fue admitida en la vivienda para mantener una conversación que derivó en una discusión y, posteriormente, en el ataque fatal. A su vez, afirmaron que el ensañamiento quedó evidenciado en la mecánica de la agresión: Mancilla habría utilizado tres cuchillos, uno de los cuales se rompió y quedó incrustado en el cuerpo de la víctima.
La querella también describió un accionar particularmente cruel, señalando que la imputada continuó agrediendo a Baciocchi cuando ya se encontraba gravemente herido, mediante golpes, patadas y escupitajos, lo que —según su interpretación— refuerza la existencia de un sufrimiento innecesario infligido de manera deliberada.
Por su parte, la fiscal Mónica Macri coincidió en que la materialidad del hecho y la responsabilidad de Mancilla quedaron debidamente probadas a lo largo del juicio. Sin embargo, se apartó de la calificación original y descartó la presencia de agravantes. En su alegato, sostuvo que no pudo acreditarse que la víctima haya estado en un estado de indefensión que permita configurar la alevosía.
Asimismo, la representante del Ministerio Público Fiscal rechazó la existencia de un agravante por el vínculo, al considerar que entre Mancilla y Baciocchi no existía una relación de pareja estable, sino encuentros ocasionales de carácter sexual. En función de estos argumentos, encuadró el caso como homicidio simple y solicitó una pena de 12 años de prisión.
Macri también introdujo una serie de atenuantes vinculados a la situación personal de la acusada. Mencionó condiciones de vida atravesadas por la vulnerabilidad, antecedentes de consumo de estupefacientes y episodios de autolesiones, elementos que, según indicó, dan cuenta de problemas de salud mental que deben ser considerados al momento de fijar la pena.
Tras la finalización de los alegatos de la acusación, el Tribunal dispuso un cuarto intermedio hasta este jueves, cuando será el turno de la defensa oficial, a cargo de Jesús González Saber. Se espera que en esa instancia se complete el debate previo al veredicto, en un caso que expuso no solo la violencia del hecho, sino también las tensiones interpretativas en torno a su encuadre legal.