Ya tramita la primera demanda laboral contra ANPYN
Intervención portuaria

Ya tramita la primera demanda laboral contra ANPYN

La Justicia Federal dio curso a la acción impulsada por representantes sindicales que permanecen fuera del puerto desde el inicio de la intervención. El organismo nacional deberá responder por la prohibición de ingreso, la actividad sindical, las condiciones laborales y la aplicación de la normativa durante los últimos siete meses.
21/08/2026
E

l puerto de Ushuaia quedó bajo revisión judicial por los derechos laborales y sindicales. El Juzgado Federal a cargo de Federico Calvete notificó a ANPYN para que responda el planteo de trabajadores que denuncian haber sido excluidos de sus puestos sin una decisión individual, sumario previo ni explicación sobre los motivos.

Daniela Almada, secretaria general del Sindicato Único de Trabajadores de Administraciones Portuarias (SUTAP) en Tierra del Fuego, y el abogado Manuel Raimbault explicaron que la acción busca restablecer derechos que consideran vulnerados desde el inicio de la intervención. Almada relató que el ingreso quedó condicionado a un listado y que quienes no figuraban allí dejaron de acceder a la terminal. “Nos fuimos un día, podíamos ingresar normalmente, y al otro día estaba bloqueado el ingreso. No hubo explicaciones”, describió.

La incertidumbre también alcanza al sostenimiento económico. Almada señaló que los salarios continúan pagándose con fondos destinados originalmente a infraestructura y obras de la Dirección Provincial de Puertos, mientras esos recursos no vuelven a alimentarse con la recaudación. “No es solamente el acceso, sino también la parte económica, los fondos y la subsistencia de la institución. Ese fondo se sigue gastando y en algún momento nos vamos a quedar sin”, advirtió.

Raimbault explicó que la demanda solicita que cese la discriminación vinculada con la prohibición de ingreso, que se restituyan las condiciones de trabajo y la actividad sindical y que la intervención se ajuste a la normativa pública local. Según sostuvo, los representantes con tutela sindical no pueden ser apartados sin una decisión judicial fundada y la exclusión produjo en los hechos el desplazamiento del convenio colectivo para quienes quedaron fuera.

El abogado cuestionó además la eliminación de circuitos administrativos de control. Señaló que la intervención del personal de planta permite formular observaciones y dar participación a organismos como Fiscalía de Estado o Tribunal de Cuentas. “Hoy el puerto es una zona libre de normatividad y de derechos laborales. No hay libertad sindical, no hay convenio colectivo aplicable y tampoco hay derecho público ni control”, afirmó.

Raimbault sostuvo que excluir al personal no implica solamente impedir su presencia física, sino apartarlo de instancias de fiscalización administrativa. En ese contexto, afirmó que la ausencia de esos mecanismos puede favorecer irregularidades y calificó al puerto como “un santuario de arbitrariedad”.

La acción solicita como medida cautelar el reingreso de los representantes sindicales. Como alternativa, pidió que ANPyN transfiera a la Dirección Provincial de Puertos los recursos obtenidos por la actividad para garantizar el pago de salarios. Raimbault planteó que una intervención nacional debe respetar las normas que regían al organismo sustituido y remarcó que la prohibición de ingreso, la restricción sindical y el desplazamiento del convenio colectivo ni siquiera estarían previstos expresamente en el acto de intervención.

Otro aspecto incorporado a la causa es la secuencia con la que comenzó la medida. El abogado indicó que el acto de intervención fue firmado el 21 de enero y mencionó un acta notarial sobre lo ocurrido pocas horas después, cuando autoridades provinciales intentaron ingresar a la terminal. Según su planteo, funcionarios nacionales ya impartían instrucciones en el lugar antes de que la intervención estuviera formalmente operativa. “O es falso lo que firmaron en Buenos Aires o ya estaban adentro del puerto antes de que la intervención fuera operativa”, sostuvo.

A partir de esa reconstrucción, Raimbault afirmó que la demanda dejó planteadas objeciones sobre la legalidad y constitucionalidad de la intervención. También señaló que la causa puede alcanzar la administración de los recursos y las responsabilidades derivadas.

La respuesta de ANPYN definirá el siguiente paso procesal. Si el organismo niega los hechos denunciados, Calvete podrá abrir un período de prueba para determinar si existió discriminación, si se impidió efectivamente el ingreso y bajo qué condiciones se adoptaron las medidas cuestionadas. Por tratarse de un amparo, Raimbault indicó que esa etapa tendría plazos breves y luego el juez deberá dictar sentencia.

Almada cuestionó también la respuesta política e institucional recibida durante estos meses. Reconoció el acompañamiento de organizaciones sindicales, incluida la CGT, y las gestiones que permitieron llevar el reclamo a la Legislatura, pero sostuvo que con el paso del tiempo el respaldo perdió intensidad. “El silencio institucional que se vive desde la mayoría de las aristas es sumamente desalentador. Hemos tocado puertas, buscado respuestas y en el momento de los hechos tampoco se toman decisiones”, expresó.

La dirigente aseguró que tampoco hubo acercamientos de representantes de La Libertad Avanza ni de autoridades de ANPYN para explicar las decisiones adoptadas. Los trabajadores sostuvieron el reclamo por vías institucionales y sin afectar la terminal, una conducta que Almada vinculó con la defensa de la fuente laboral y del patrimonio portuario.

Raimbault consideró que el caso puede abrir una discusión sobre los límites de una intervención nacional sobre un organismo provincial, la tutela sindical, las vías de hecho y la aplicación del Convenio 190 de la OIT sobre violencia en el trabajo. “Si frente al hecho, frente a la fuerza y frente a la prepotencia no se aplica el derecho, eso tiene consecuencias. Para eso está la Justicia y para eso está la Constitución”, concluyó.

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