l Senado convirtió este jueves en ley la reforma del régimen de Zona Fría, que reduce su alcance territorial y modifica la forma de calcular el descuento para quienes continuarán alcanzados.
La iniciativa, que tenía media sanción de Diputados, fue aprobada sin modificaciones por 38 votos afirmativos contra 8 negativos. La votación se produjo luego de que buena parte de la oposición se retirara del recinto. El oficialismo logró mantener el quórum con bloques aliados y representantes provinciales.
Entre quienes acompañaron la reforma estuvieron los senadores fueguinos Agustín Coto y Belén Montes de Oca, ambos de La Libertad Avanza, además de legisladores del PRO y bloques provinciales.
Para Tierra del Fuego, la sanción no implica la salida del régimen. La Provincia, al igual que el resto de la Patagonia, Malargüe y la Puna, seguirá comprendida entre las regiones históricamente beneficiadas.
El cambio estará en la forma de calcular la bonificación. Actualmente, el descuento del 50% alcanza al precio del gas y también al transporte y la distribución. Con la reforma se aplicará únicamente sobre el precio del gas, dejando fuera los restantes componentes.
Tomando como referencia la estructura de una factura residencial fueguina, alrededor del 68% corresponde al gas, 3% al transporte y 18% a distribución. Actualmente, cerca del 89% de la factura queda alcanzado por la bonificación.
El descuento del 50% sobre ese 89% representa una reducción efectiva cercana al 44,5% sobre el total. Al limitarse al componente gas, la bonificación efectiva bajaría a alrededor del 34%.
La diferencia permite estimar, manteniendo sin cambios los demás componentes, un aumento cercano al 19% sobre lo que actualmente paga un usuario residencial fueguino.
La situación será similar en el resto de la Patagonia: continuará el beneficio geográfico, pero aplicado sobre una base menor. El impacto variará según el peso del gas, transporte y distribución en las tarifas de cada jurisdicción.
El cambio más profundo alcanzará a las regiones incorporadas en 2021 por la Ley 27.637, entre ellas localidades de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Mendoza y San Luis. Allí dejará de existir el beneficio general por ubicación geográfica.
Los hogares que pretendan mantener la asistencia deberán quedar comprendidos en el sistema de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) y cumplir los requisitos establecidos. Entre ellos se contempla un ingreso familiar de hasta tres Canastas Básicas Totales, además de condiciones específicas para determinados grupos.
También se contemplan situaciones particulares para hogares vinculados con veteranos de Malvinas, personas con discapacidad y familias inscriptas en el Registro Nacional de Barrios Populares.